Los abusos de Lava Jato
Artículo en Correio Braziliense, el 03/04/2021, sobre posibles abusos en la Operación Lava Jato revelados por medio de pruebas obtenidas ilícitamente.
Traducción del texto original.
Por FÁBIO MEDINA OSÓRIO — Abogado, ex ministro de la AGU
El sitio The Intercept sacó a la luz, por medio de pruebas ilícitas, una discusión sobre posibles abusos de la operación Lava Jato en Brasil. Es cierto que no se debe alimentar, bajo ninguna hipótesis, el uso de aquellas pruebas para sustentar procesos o censuras judiciales y administrativas contra magistrados, miembros del Ministerio Público o autoridades policiales. Tal situación fomentaría la actuación futura de hackers en la comisión de delitos similares, lo que sería lógicamente inaceptable. Habría un fortalecimiento de milicias digitales para invasiones a la privacidad de autoridades públicas como técnica para la obtención de pruebas ilícitas, con la finalidad de allanar operaciones policiales o judiciales.
Ciertamente un precedente de esa naturaleza sería incompatible con un Estado Democrático de Derecho. No obstante, se puede discutir, en cada caso concreto, métodos para validar esas pruebas a partir de la abstracción del concepto de pruebas ilícitas y su consideración como indicios. Ello porque eventuales delitos o ilícitos administrativos constatados a partir de otras pruebas pueden ser sancionados, en cotejo con pruebas e indicios. Y, si hay pruebas independientes de las pruebas ilícitas, evidentemente las sanciones o censuras pueden ser impuestas.
De cualquier modo, en una democracia, el juzgamiento de las autoridades ocurre también ante la opinión pública, que es fuente de legitimidad del poder de los agentes públicos. La sociedad debe evaluar a sus representantes. Y, en ese escenario, debe fortalecerse la libertad de prensa y la credibilidad de las informaciones que divulga y que discute con la sociedad. En tal contexto, muchos de los diálogos revelados por el aludido sitio y por otros medios revelan posturas inaceptables de agentes públicos, incluidas pruebas falseadas para perjudicar derechos de defensa, sin hablar del intento opresor de desangrar empresas y acusados como si fueran blancos desprovistos de derechos.
La preservación del contradictorio y de la isonomía procesal son pilares de un Estado Democrático de Derecho. Obviamente, algunas conversaciones entre magistrados y miembros del Ministerio Público son normales, integran el juego procesal y no siempre caracterizan una ruptura del contradictorio. Sin embargo, inventar interrogatorios inexistentes de testigos y plantear su falsa reinterrogación constituye una conducta éticamente reprobable a toda evidencia.
Uno de los abusos más corrientes fue la filtración criminal de informaciones a medios de comunicación bajo el pretexto de utilizar una estrategia de desconstrucción de la imagen de personas investigadas en operaciones policiales o del Ministerio Público. Tal procedimiento espurio resultaba de una concepción arraigada acerca del funcionamiento de los medios como un tribunal paralelo de juzgamiento moral de los acusados y de presión sobre el poder judicial.
Así, los investigadores lanzaban nombres de sus blancos a los medios para observar sus movimientos por intermedio de eventuales escuchas telefónicas u otros métodos invasivos de la privacidad. Ocurre que, muchas veces, tales blancos serían personas inocentes, cuyas reputaciones llegarían a ser irremediablemente manchadas por ataques cobardes en los medios de comunicación social. De este modo, la estrategia acusatoria apuntaba a la destrucción de reputaciones fuera del ambiente procesal y totalmente al margen del Poder Judicial.
Otro abuso ya constatado fue la divulgación en los medios de nombres de acusados y reos en procesos que corren bajo secreto de justicia. Tal situación ya ocurrió en un sitio del propio Ministerio Público, pero también a través de filtraciones criminales y selectivas a órganos de prensa, como se dijo antes. Más aún, hubo divulgaciones ilícitas de nombres de personajes involucrados en operaciones atípicas como si estuvieran participando en operaciones criminales, todo con el objetivo de manchar sus reputaciones.
Como se sabe, una operación atípica no se confunde con algo ilegal. Ese modus operandi de muchos miembros del Ministerio Público tuvo por objetivo solo causar daños morales y materiales e imponer un castigo al margen del Poder Judicial a personas que la institución fiscalizadora consideraba transgresoras de la ley o demasiado cercanas a sus blancos. Eran fórmulas de justicia “por mano propia”. Así, las autoridades se transformaron en agentes no de la ley, sino de sus voluntades individuales.
Como se percibe, en muchas acciones del Ministerio Público Federal, en Lava Jato, hubo una distorsión del principio de independencia funcional, que se mostró como prerrogativa para la arbitrariedad. Investigaciones basadas en delaciones desprovistas de cualquier mínimo elemento de corroboración integraron ese panorama, autorizando a imaginar que muchos relatos podrían, incluso, ser dirigidos hacia blancos elegidos por las autoridades.
El propio Consejo Nacional del Ministerio Público investiga posibles delaciones dirigidas en la operación Lava Jato de Río de Janeiro. Sin duda, hay muchos perfeccionamientos en curso en el campo de los controles y de la fiscalización en Brasil y un papel fundamental en esa revitalización del Ministerio Público ha sido desempeñado por el actual Procurador General de la República, quien ha denotado un fuerte compromiso con el ideario democrático y de defensa de los derechos fundamentales, además del firme combate a la corrupción.