Crisis institucional
Artículo sobre la crisis institucional brasileña, a propósito de la confesión de un exprocurador general de la República, Correio Braziliense, 2019.
Traducción del texto original.
Brasil vive momentos complejos. Un exprocurador general de la República confiesa que casi mató a un ministro del Supremo Tribunal Federal (STF) y desistió voluntariamente. La conducta, sin embargo, puede configurar, en tesis, atentado contra normas de seguridad nacional. Además, confesó, en diversos pasajes, la comisión de actos que rozan la legislación penal y de represión de la improbidad administrativa, al ser asediado por agentes públicos con propuestas consideradas por él mismo indecorosas y callar al respecto, aun siendo PGR. Evidentemente, se pueden cuestionar los mecanismos de reacción institucional a esos comportamientos: ¿cuál es la competencia del STF? ¿cuál es la tipificación de los hechos revelados? Al parecer, interlocutores del entonces procurador general intentaron acallar Lava Jato y las investigaciones, y contaron, hasta cierto punto, con el silencio del jefe del Ministerio Público de la Unión.
De cualquier modo, es inevitable constatar que se trata de informaciones chocantes, que desnudan la crudeza del poder político de la cúpula del Ministerio Público Federal, y la necesidad de controles más rígidos sobre esa institución. ¿A qué control está sometido el procurador general? Esa es una indagación fundamental en una República democrática. Recientemente, se observó la preocupación procedente del presidente Bolsonaro con la elección del PGR, hecha con criterio tras un largo período de escrutinio. Pero el mandato de un procurador general no puede ser un cheque en blanco. Hay que pensar en controles más rígidos y democráticos.
Es cierto que, bajo el fundamento de contener abusos, no se pueden atropellar derechos fundamentales. En ese sentido, hay que prestar atención a la investigación que involucra las fake news, que tramita en el STF, bajo la relatoría del ministro Alexandre de Moraes. ¿A qué título las personas son investigadas por el STF, aun sin poseer ninguna prerrogativa de fuero? Creo que fue un error del STF la desconstrucción de la prerrogativa de fuero. Por lo demás, la Corte debería no solo retomar su entendimiento original, sino extender tal prerrogativa a las acciones de improbidad. Sin embargo, hay una especie de reanudación de esa prerrogativa, con un sesgo altamente innovador: la prerrogativa en razón de que la víctima ofendida sea ministro del STF.
Se trata de una perturbadora innovación inconstitucional. Una investigación que indaga, por iniciativa ex officio del STF, amenazas a ministros de aquella Corte, abarca toda y cualquier ofensa a miembros del Supremo Tribunal Federal, incluyendo incluso un intento de homicidio interrumpido por desistimiento voluntario. Y ese intento obstaculizado por desistimiento autoriza, años después, la expedición de mandamientos de registro y secuestro por el propio STF. ¿Podría el STF autorizar su competencia para juzgar ilícitos cometidos en el interior de sus dependencias? Todo indica que se trata de una anomalía y que la Corte está legislando de modo arbitrario en materia de fuero privilegiado, aunque las intenciones sean las mejores posibles, pues buscan resguardar la dignidad de la Corte y la seguridad de sus miembros. Al fin y al cabo, era necesario dar una pronta respuesta a las declaraciones consideradas estrafalarias, irrespetuosas y envilecedoras del exprocurador general Rodrigo Janot, declaraciones que, en alguna medida, podrían incitar delitos contra integrantes del STF.
Finalmente, en ese contexto de crisis, se observa un desgaste continuo de la fuerza de tarea de Lava Jato, igualmente expuesto al escrutinio de la opinión pública ante las sucesivas revelaciones del sitio The Intercept. Si bien es cierto que las pruebas no podrán ser usadas en las esferas judicial y administrativa, por ser de origen ilícito, no se puede negar que, políticamente, causan estragos profundos, especialmente porque los interlocutores no presentan una negativa vehemente y cabal de que las conversaciones sean verdaderas. Al contrario, los indicios apuntan en la dirección de su verosimilitud, exigiendo un contrapunto permanente en cuanto al contenido, no obstante las lagunas y la falta de contextualización. Ese uso continuo del material permite un desgaste de los miembros del MPF en la comunidad jurídica y riesgos reales a la operación, exigiéndoles, cada vez más, prudencia en las medidas que se tomen. Esa crisis puede dar lugar a perfeccionamientos. La tendencia es que se reduzcan, por ejemplo, las prisiones arbitrarias.
Existe, además, un escenario de potenciales nulidades en la operación, lo que puede atribuirse al entendimiento de los Tribunales Superiores y a la falta de cautela en el origen. Esa perspectiva puede perfeccionar los mecanismos de defensa en la operación. Es decir, bastaría una mirada más garantista en la conducción de los procesos y se evitaría el debate estéril sobre nulidades en los Tribunales. La experiencia indica que, cuanto más reforzadas las garantías de la defensa, menores las posibilidades de nulidades. Es imposible ignorar que la nueva Ley de Abuso de Autoridad surtirá efectos en el imaginario del Poder Judicial y del Ministerio Público, amplificando la prudencia y los niveles de fundamentación racional. Lava Jato, de cualquier modo, seguirá con fuerza su camino de depuración de los valores éticos y republicanos, perfeccionándose como instrumento de combate a la corrupción. Esa operación es un patrimonio cultural de Brasil y necesita ser preservada.
Fábio Medina Osório es abogado y fue ministro de la Abogacía General de la Unión en 2016